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Vacuna Fiebre Aftosa

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Fiebre Aftosa. Segundo ciclo de vacunación

Posted on 04 octubre 2017 by admin

Vacuna Fiebre Aftosa

Foto: CONtexto ganadero.

  • La vacunación terminará el 10 de diciembre, según el cronograma definido por el ICA. La ejecución será responsabilidad de Fiduagraria, la Cuenta Nacional de Carne y Leche y el Ministerio de Agricultura, su administrador. 

Desde el 27 de octubre próximo y hasta el 10 de diciembre de 2017, se ejecutará el segundo ciclo de vacunación contra Fiebre Aftosa y Brucelosis Bovina, en todo el territorio colombiano. Así lo dispuso el ICA, como autoridad sanitaria nacional.

En el ciclo participarán cerca de 4.500 personas entre supervisores, vacunadores, programadores y médicos veterinarios. 

Luis Humberto Martínez, gerente general del ICA, señaló que como siempre se cuenta con la responsabilidad de los ganaderos, para que vacunen la totalidad de su inventario de ganado, porque justamente con su compromiso y trabajo es que se logrará recuperar el estatus de país libre de Fiebre Aftosa con vacunación. Agregó que para este ciclo de vacunación la meta es desarrollar una estrategia de visita predio por predio y mejorar el servicio a los ganaderos. La CNCL ha dispuesto de programadores que desde esta semana visitarán todos los predios con el fin de actualizar la información y establecer la programación para la vacunación.

La autoridad sanitaria colombiana establece que la ejecución de la vacunación contra Fiebre Aftosa y Brucelosis Bovina está bajo responsabilidad de la Cuenta Nacional de Carne y Leche (CNCL)  y su administrador, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural con el encargo fiduciario de la Sociedad Fiduciaria de Colombia S.A. (FIDUAGRARIA), y de las Organizaciones Ganaderas Ejecutoras que serán autorizadas mediante Resolución que será expedida por el ICA.

Igualmente, el ICA estipula que será responsabilidad de los ganaderos vacunar a la población bovina y bufalina contra la Fiebre Aftosa, la Brucelosis Bovina y la Rabia Silvestre, en las fechas programadas para el proyecto local donde se localice el predio.

Para el ciclo de vacunación solamente podrán utilizarse lotes de vacunas  debidamente registradas que hayan sido evaluados y aprobados por el ICA, según los parámetros de inocuidad, esterilidad, pureza y potencia establecidos en las normas vigentes.

 

Fuente: Adaptado de CONtexto Ganadero.

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