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Salud bovina

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La salud bovina y el bienestar animal

Posted on 28 julio 2023 by admin

Bienestar animal

Bienestar animal

Foto: Fedegán FNG

  • El bienestar animal es un aspecto que los ganaderos colombianos han venido trabajando en el sector. Actualmente, tanto productores como profesionales son más conscientes y promueven su desarrollo. CONtexto ganadero plantea el bienestar animal desde la salud bovina.

Ricardo Mora, un reconocido experto de Bienestar Animal, afirma en el tercer video elaborado por Fedegán, que el cuarto de los dominios se relaciona con la salud, el tratamiento oportuno y la forma de controlar las enfermedades. Cuando los bovinos se enferman, los costos de producción se incrementan, se pierde productividad y en casos extremos, se llega hasta perder la vida de los animales.

Según el concepto de las 5 libertades, el manejo del dolor de las enfermedades, constituye un aspecto importante de la definición del bienestar animal, que en la práctica se ve representada con la vida reproductiva sin retrasos de la madurez sexual, disminución de la frecuencia de heridas y hematomas, crecimiento óptimo, reducción de enfermedades, buen funcionamiento biológico de todos los sistemas, reflejados en salud, producción y reproducción.

Además,  el bienestar animal también se ve representado en el manejo del dolor y la forma en que se evita el sufrimiento, el estrés y el miedo.

Explica Mora, que Fedegán- FNG, conjuntamente con otras instituciones colombianas, han establecido una metodología para determinar el bienestar animal a nivel de la finca. Este protocolo contiene diversos indicadores relacionados justamente con la salud bovina.

Salud bovina:

La profesional de desarrollo ganadero en Zipaquirá, Yeny Márquez, comenta que el programa de salud y bienestar animal viene adelantando la vacunación contra fiebre aftosa y brucelosis bovina que se realiza 2 veces al año, en la que se visitan todas las fincas del país como mecanismo de prevención de la enfermedad y para mantener el estatus sanitario del país.

Además, la experta explica que se vienen realizando capacitaciones sobre primeros auxilios veterinarios para bovinos, pues esto es lo que el ganadero debe hacer antes de acudir a la ayuda del profesional.

Según Mora, la vacunación es una efectiva herramienta para la prevención de enfermedades en las especies animales. En Colombia, según lo establecido por el ICA, hay 3 vacunas obligatorias para el ganado bovino y bufalino.

Vacunas obligatorias:

Vacuna contra la fiebre aftosa: Todos los animales sin excepción, de las especies bovina y bufalina, se deben vacunar 2 veces al año.

Vacuna contra la brucelosis bovina: Se aplica a hembras bovinas y bufalinas, entre 3 y 9 meses de edad con vacuna CEPA 19 o RB 51 y revacunación entre los 9 y 15 meses solo con RB 51.

Rabia: También se vacunan anualmente de manera obligatoria todos los bovinos desde los 3 meses de edad contra la rabia de origen silvestre, en las zonas de riesgo determinadas por el sector oficial.

Sostiene Mora que otro de los retos para los ganaderos colombianos es la prevención y el control de los parásitos. Estos ocasionan lesiones internas y externas, generando estrés y afectando el bienestar de los animales. El mejor sistema es el establecimiento de un protocolo de desparasitación.

Por lo anterior, hay que atender recomendaciones como la de llevar a cabo un plan sanitario que determine los periodos de vacunación de acuerdo con la edad, además de aplicar las dosis definidas por el veterinario en función del peso del animal.

Los terneros requieren de una desparasitación más frecuente hasta cumplir los 6 meses de edad. El ganado adulto se desparasita según lo establecido por el profesional veterinario.

Beneficios al mejorar el Bienestar Animal:

  • Menor mortalidad a edad temprana o durante los años de mayor productividad del animal.
  • Mejora de la función inmunitaria.
  • Los beneficios económicos pueden aumentar cuando se garantizan buenas prácticas en el manejo y se asegura la salud de los animales.

Fuente: Adaptado de CONtexto ganadero.

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Vacunacion

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Vacunación contra Fiebre Aftosa. Definido el calendario

Posted on 24 abril 2023 by admin

Vacunación

Vacunación

HSJ

  • La autoridad fitosanitaria también llevará a cabo un ciclo de inmunización para la rabia silvestre entre el 5 de junio y el 19 de julio.

El Instituto Colombiano Agropecuario definió el periodo y las condiciones para realizar el primer ciclo de vacunación contra fiebre aftosa, brucelosis bovina y rabia silvestre para el año 2023, el cual se realizará entre el 5 de junio y el 19 de julio.

La vacunación contra brucelosis bovina se efectuará en todas las hembras bovinas o bufalinas entre los 3 y los 9 meses de edad, con excepción de las que se encuentran ubicadas en zonas declaradas como libres de esta enfermedad en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y los municipios de Capitanejo, Santa Bárbara, Carcasí, Concepción, Cerrito, Enciso, Macaravita Guaca, Málaga, San Andrés, Molagavita, San Miguel y San José de Miranda, en Santander.

Sin embargo, si los animales con procedencia de estos departamentos y municipios son movilizados a regiones donde la vacunación es obligatoria, se tienen que inmunizar contra la enfermedad en el sitio de destino.

En relación con la rabia de origen silvestre se establecen las zonas definidas por el ICA en las regiones con mayor riesgo de presentarse la enfermedad.

Aquellos predios que el ICA define como con riesgo alto de ocurrencia de fiebre aftosa o que reúnan más de 500 bovinos deberán ser incluidos de forma prioritaria en la programación de las rutas de las organizaciones ejecutoras autorizadas y Fedegán, como entidad administradora de las cuotas de fomento ganadero.

En las zonas donde se llevará a cabo la vacunación, solo se podrán usar lotes de vacunas contra fiebre aftosa, brucelosis bovina y rabia silvestre evaluados y aprobados por el ICA, bajo los parámetros de inocuidad, esterilidad, pureza y potencia establecidos por las normas vigentes.

Artículo relacionado:

En el segundo ciclo se vacunó 98,9% del hato bovino y bufalino contra la fiebre aftosa

 

Fuente: Adaptado de Agronegocios de La República. Autor: Juan Diego Murcia.

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Vacunacion

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Vacunación contra aftosa y brucelosis bovina 2022

Posted on 13 mayo 2022 by admin

Vacunación

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El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), estableció el periodo y las condiciones para el primer ciclo de vacunación contra fiebre aftosa y brucelosis bovina para el año 2022 en el territorio colombiano y para la vacunación contra rabia de origen silvestre. La jornada de inmunización se realizará del 23 de mayo al 6 de julio.

Deyanira Barrero León, gerente general del ICA señaló que el propósito del ciclo es proteger el hato ganadero nacional y fortalecer la seguridad sanitaria del país.

El ICA oficializó la decisión mediante la Resolución #007416  de mayo 5 del 2022. En ella se establecen las condiciones para la vacunación contra fiebre aftosa que se aplicará a todos los animales bovinos y bufalinos existentes en el territorio nacional, con excepción de los ubicados en las zonas declaradas libres aftosa sin vacunación, las cuales se encuentran en las islas de Gorgona y Malpelo, el Archipiélago de  San Andrés, Providencia y Santa Catalina y el Urabá Chocoano, conformado por los municipios de Bahía Solano, Acandí, Carmen del Darién (margen izquierda del río Atrato), Juradó, Bojayá, Unguía y Ríosucio (margen izquierda del río Atrato).

Brucelosis

Con referencia a la brucelosis bovina, la vacunación se hará a todas las hembras bovinas y bufalinas entre los 3 y 9 meses de edad existentes en el territorio nacional, con la excepción de aquellas ubicadas en las zonas declaradas como libres de brucelosis bovina localizadas en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y los municipios de Capitanejo, Santa Bárbara, Concepción, Carcasí, Guaca, Enciso, Málaga, Macaravita, San Andrés, Molagavita, San Miguel y San José de Miranda en el departamento de Santander.

En cuanto a la vacunación contra la rabia de origen silvestre, se establecen las áreas de riesgo definidas por el Instituto en los departamentos con mayor riesgo, que están referenciadas en la resolución de ciclo.

El proceso vacunación es responsabilidad de FEDEGAN, quien vigilará el cumplimiento de las obligaciones de las organizaciones gremiales, cooperativas y otras organizaciones del sector que hagan parte de las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas Autorizadas para el primer ciclo del 2022, el cual contará con la supervisión del ICA en las diferentes regiones del país.

En la programación de las rutas de vacunación, están incluidos de forma prioritaria los predios definidos como de alto riesgo de ocurrencia de fiebre aftosa.

 

Fuente: Adaptado de Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).

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Enfermedades pecuarias

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Herramienta para informar sobre enfermedades pecuarias

Posted on 13 abril 2021 by admin

Enfermedades pecuarias

  • Los usuarios podrán tener un reporte por departamento, relacionado con enfermedades pecuarias como la tuberculosis bovina.

El nuevo Boletín Epidemiológico Pecuario, en modalidad interactiva, es la nueva herramienta que el ICA, puso a disposición de autoridades, gremios y población en general para conocer la aparición de enfermedades pecuarias de control oficial, de presentación inusual y exóticas con el propósito de tener su el control y seguimiento oportuno.

El sistema tiene la capacidad de mostrar la situación sanitaria del país mediante la presentación de cifras relacionadas con las notificaciones atendidas de cuadros clínicos y de los focos detectados de enfermedades de control oficial, comunicadas diariamente mediante el Sistema Nacional de Enfermedades de Control Oficial.

Quienes utilicen la herramienta podrán consultar la información agrupada por departamento, año y mes, entre otras variables, relacionadas con diferentes clases de patologías y enfermedades como:  estomatitis vesicular, fiebre aftosa, brucelosis, rabia de origen silvestre, tuberculosis bovina, encefalitis equina venezolana, Newcastle, peste porcina clásica, salmonelosis, influenza aviar, enfermedad de la cabeza amarilla, enfermedad de las manchas blancas, Necrosis Pancreática Infecciosa, Virus de la Tilapia del Lago y Pequeño Escarabajo de las Colmenas.

Asimismo, se registrarán las sospechas de eventos sanitarios, asociados a estas enfermedades, los cuales se actualizan constantemente con la información de diagnósticos generada por el ICA.

La gerente general del ICA, Deyanira Barrero León, señaló que los boletines epidemiológicos constituyen una herramienta muy importante para establecer el comportamiento de las enfermedades que son de interés nacional, cuya información permite realizar análisis para identificar las características de ubicación y repetitividad mediante la comparación semana a semana con el mismo periodo del año anterior, agrupado por especies, tipos de explotación, áreas específicas de territorio, entre otros. Agregó que esta información sirve como un insumo para la toma de medidas sanitarias oportunas, atención y establecimiento de emergencias sanitarias, así como la asignación de los recursos para su control.

La información incluye fechas de inicio del episodio, momento de la notificación y la atención por el médico veterinario oficial, lo que permite evaluar la oportunidad y eficiencia del sistema.

 

Fuente: Adaptado de Agronegocios de La República. Autor: Anderson Urrego.

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Sensores epidemiologicos

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Los sensores epidemiológicos. Aliados claves del ICA

Posted on 05 marzo 2020 by admin

Sensores epidemiológicos

La presencia de sensores epidemiológicos en diversas partes del país constituye un apoyo para la identificación y el control de enfermedades. Foto: ICA

  • La vigilancia y el control de las enfermedades es responsabilidad del gobierno pero el sector privado tiene un papel fundamental como un aliado para ayudar en la prevención.

Por ello, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) ha creado la figura de los sensores epidemiológicos, personas vinculadas al sector pecuario, quienes luego de recibir capacitación sobre los cuadros clínicos asociados con enfermedades de Control Oficial, formalizan su compromiso de notificar al ICA si detecta alguna alerta en la salud de los animales para tomar las medidas de forma oportuna.

Estos sensores epidemiológicos son capacitados en la sintomatología asociada con las enfermedades de control oficial o sobre cualquier presentación inusual como: fiebre aftosa, tuberculosis bovina, brucelosis bovina, peste porcina clásica, encefalitis equina venezolana, influenza aviar, enfermedad de Newcastle, rabia silvestre y estomatitis vesicular.

Son muy importantes puesto que hacen parte del sistema de alerta temprana. Ahí es cuando el productor trabaja en equipo  con el ICA, debido a que es responsabilidad de garantizar la sanidad animal del país en toda la cadena productiva, permitiendo conocer de manera oportuna la ocurrencia de las enfermedades, señaló el ICA.

Indicó la entidad que los sensores epidemiológicos sirven como informadores de cualquier sintomatología asociada a enfermedades de control oficial que sea reportada por un productor pecuario, convirtiéndose en un elemento de alerta y apoyo para el diseño de programas de prevención y vigilancia sanitaria.

Los sensores están localizados en todo el territorio nacional. Los municipios de departamentos fronterizos deben tener 5 sensores formalizados como mínimo y en los municipios del interior deben estar formalizados mínimo 4.

Cabe destacar que la vigencia del sensor es por un año, una vez trascurrido este tiempo, nuevamente debe capacitarse y formalizar los compromisos.  A enero de 2020, se cuenta en todo el país con 5.557 sensores epidemiológicos formalizados.

El balance que puede hacerse de su actuación es positivo y muestra el compromiso de los productores con la sanidad agropecuaria del país. Del total de notificaciones atendidas el año 2.019, aproximadamente un 25% fueron por sensores.

Los sensores epidemiológicos se identifican con un carnet otorgado por el ICA y tendrán un canal de comunicación abierto con las oficinas nacionales, las oficinas locales y las coordinaciones seccionales del Instituto, así como con los puntos de frontera y demás componentes del sistema.

 

Fuente: Adaptado de CONtexto ganadero.

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Ciclo de vacunacion

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Primer ciclo de vacunación 2019 contra Aftosa y Brucelosis

Posted on 26 abril 2019 by admin

Ciclo de vacunación

Ciclo de vacunacion

Ciclo de vacunación contra Aftosa y Brucelosis

Del 13 de mayo al 26 de junio de 2019 se llevará a cabo el primer ciclo de vacunación contra la Fiebre Aftosa y la Brucelosis Bovina en Colombia.

 

Andrés Valencia Pinzón, ministro de Agricultura y Desarrollo Rural de Colombia, informó que con el objeto de proteger el hato ganadero y fortalecer la seguridad sanitaria del país, desde el 13 de mayo y hasta el 26 de junio se adelantará el primer ciclo de vacunación del 2019 contra Fiebre Aftosa y Brucelosis Bovina en gran parte del territorio nacional, con excepción de las zonas declaradas como libres de la enfermedad.

 
Según lo indicó el jefe de la cartera agropecuaria, el Instituto Colombiano Agropecuario, en su condición de autoridad sanitaria del país, oficializó la decisión mediante la Resolución #5380 del 25 de abril de 2019, en la que se establece que la vacunación contra la Fiebre Aftosa se aplicará a todos los animales de las especies bovina y bufalina del territorio nacional, con excepción del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, el Urabá Chocoano y las islas de Gorgona y Malpelo, zonas que han sido declaradas libres de la enfermedad sin vacunación.

 
El ministro invitó a los ganaderos colombianos a participar en el ciclo de vacunación y blindar sanitariamente al sector. Indicó que es importante que los ganaderos vacunen con rigor para evitar que se vuelvan a presentar focos de Fiebre Aftosa en las diferentes zonas del país. Agregó que la autoridad sanitaria estará pendiente del proceso de vacunación que se inicia este 13 de mayo.

 
En los municipios de frontera de los departamentos de Guajira, Putumayo y Nariño; en la zona de protección de Norte de Santander, así como en los municipios de frontera de Vichada, Arauca y Boyacá, la vacunación contra la Fiebre Aftosa se efectuará en “barrido”, es decir, en un área específica se vacunan todos los animales al mismo tiempo, al inicio del ciclo, con la supervisión del ICA.

 
Los predios definidos por el ICA como de alto riesgo de ocurrencia de Fiebre Aftosa y aquellos con más de 500 ejemplares bovinos deberán incluirse de forma prioritaria en la programación de las rutas de vacunación por parte de Fedegan y las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas Autorizadas.

 
Deyanira Barrero León, gerente general del ICA resaltó que es fundamental el compromiso de los ganaderos y que deben ser vacunados todos los animales . Agregó que desde el Instituto no se bajará la guardia y continuarán trabajando para recuperar el estatus sanitario de Colombia como país libre de Fiebre Aftosa con vacunación.

 
De hecho, todos aquellos animales procedentes de zonas libres de Aftosa sin vacunación, que se movilicen a zonas donde la vacunación es obligatoria, deben ser inmunizados contra la enfermedad en los lugares de destino. Todas las vacunaciones deberán registrarse y oficializarde ante el ICA.

 
En relación con la vacuna contra Brucelosis Bovina, se inmunizarán todas las hembras bovinas y bufalinas entre los 3 y los 8 meses de edad, con excepción de las que se encuentren localizadas en la Provincia de García Rovira (Santander), las Provincias Norte y Gutiérrez (Boyacá) y el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

 
Respecto a la vacunación contra la Rabia Silvestre, esta se aplicará a todos aquellos bovinos ubicados en las zonas de riesgos definidas para la inmunización, las cuales están en algunos municipios de los departamentos de Arauca, Antioquia, Cesar, Casanare, Sucre, Vichada y Magdalena.

 
El proceso de vacunación contra Fiebre Aftosa, Brucelosis Bovina y Rabia Silvestre es responsabilidad de Fedegan, en su condición de entidad administradora de las cuotas de fomento lechero y ganadero, con el apoyo de las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas. Este ciclo, como los demás, también tendrá la supervisión del ICA, como la única autoridad responsable de la sanidad animal del país.

 
Es importante precisar que únicamente podrán utilizarse, lotes de vacunas registradas que hayan sido previamente evaluados y aprobados por el ICA, según los parámetros de inocuidad, esterilidad, potencia y pureza.

 
En la Resolución #5380 también se establece la prohibición de vacunar a otras especies susceptibles a la Fiebre Aftosa, diferentes a bovina y bufalina. Además, no podrán vacunarse caprinos, ovinos o porcinos contra la Brucelosis, o vacunar de manera conjunta otras enfermedades distintas a las establecidas en la resolución.

 

 

Fuente: Adaptado de CONtexto ganadero.
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Rabia Silvestre en Caqueta

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El ICA atendió Foco de Rabia Silvestre en Caquetá

Posted on 17 mayo 2018 by admin

Rabia Silvestre en Caquetá.

Rabia Silvestre en Caqueta

Foto de Archivo ICA. Bovino.

En la vereda Maracaibo 2 del municipio de Puerto Rico (Caquetá), el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) atendió un caso de Rabia Silvestre. Este foco fue confirmado por el Laboratorio Nacional de Diagnóstico Veterinario del Instituto.

El ICA como entidad responsable de la sanidad animal de Colombia, ha tomado las medidas necesarias, con visitas  epidemiológicas en la zona con el fin de  evitar la propagación de la Rabia Silvestre en Caquetá.
Así mismo, la Secretaría de Salud del departamento  de Caquetá, la Secretaría de Salud del municipio de Puerto Rico y la Universidad de la Amazonia realizan acciones para la atención oportuna del foco.
Con el fin de prevenir la presencia y difusión de la Rabia Bovina en el Caquetá, el ICA mediante la resolución N° 24037 del 2 de mayo del 2018, ordenó establecer la vacunación obligatoria contra Rabia Bovina en las veredas Maracaibo 1 y Maracaibo 2 del municipio de Puerto Rico.
En la resolución, el ICA precisa también que la vacunación debe realizarse a todos los bovinos mayores de 3 meses de edad y establece otras disposiciones a fin de mantener la sanidad animal en esta zona del país.
Dada la importancia de la Rabia Silvestre en la salud pública, el Instituto viene realizando jornadas de capacitación y actualización en la zona sobre los síntomas, las medidas de prevención de la enfermedad y el control de poblaciones de murciélagos hematófagos.

El ICA hace un llamado a los empresarios ganaderos del departamento de Caquetá para que informen a ese instituto, a las Umatas, a la Secretaría de Agricultura, a la Secretaría de Salud Departamental y a los comités de ganaderos, sobre la presencia de animales afectados por murciélagos hematófagos o con signos compatibles con la Rabia Silvestre.
Datos de interés:

  • La Rabia Silvestre es una enfermedad de origen viral, que se transmite entre otros por murciélagos hematófagos o vampiros que se alimenta de sangre. Puede afectar a todos los animales de sangre caliente especialmente a bovinos, equinos, porcinos, caprinos, ovinos y humanos que entren en contacto con animales enfermos.
  • Los animales afectados presentan cambios en sus comportamientos como caída e incoordinación del tren posterior, ceguera, salivación abundante, temblores musculares y parálisis. Presentan además enflaquecimiento progresivo y deshidratación por su imposibilidad de alimentarse y tomar agua. Avanzada la enfermedad, se mantienen caídos y mueren entre 1 y 10 días luego de presentados los síntomas.

El único medio para la prevención y el control de la Rabia Silvestre es la vacunación. En el mercado existen diferentes tipos de vacunas. En esta materia es importante verificar que tengan el correspondiente registro del ICA, que se apliquen anualmente a la población animal susceptible y que la vacunación la realice y registre un médico veterinario, quien puede asegurar un manejo adecuado, ya que las vacunas se deben conservar siempre refrigeradas (no congeladas), para conservar sus propiedades. La vacuna se debe aplicar una vez al año.

 

Fuente. Adaptado de Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). Foco de Rabia Silvestre en Caquetá. Mayo 16 de 2018.

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Ciclo

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Ciclo de vacunación contra Fiebre Aftosa

Posted on 19 abril 2018 by admin

Ciclo de vacunación

Ciclo

Del 02 de mayo al 15 de junio de 2018, se efectuará el primer ciclo de vacunación contra Fiebre Aftosa y Brucelosis Bovina, en gran parte del territorio colombiano, con excepción de los departamentos de Casanare, Boyacá y Cundinamarca que hacen parte de  la zona de contención, así como las zonas libres de la enfermedad sin vacunación, en San Andrés y Providencia y el Urabá Chocoano.  Así quedó establecido en la Resolución N° 23132 de abril 17 de 2018.

La vacunación de los municipios de Cundinamarca, Casanare y Boyacá no incluidos en la Resolución N° 23132, se iniciará el 5 de junio de 2018 y será determinada por un acto administrativo expedido por el ICA. El período de vacunación para el departamento de Arauca será entre el 15 de mayo y el 28 de junio de 2018.

En los municipios de frontera de Vichada, Arauca y Boyacá, en la zona de protección de Norte de Santander y en los municipios de frontera de los departamentos de Nariño, La Guajira y Putumayo, la vacunación se realizará en barrido, al inicio del ciclo y tendrá la supervisión oficial del ICA.
Los predios determinados por el ICA como de alto riesgo de ocurrencia de Fiebre Aftosa y aquellos con más de 500 bovinos, deberán incluirse de forma prioritaria en la programación de rutas de vacunación por parte de la Cuenta Nacional de Carne y Leche y las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas Autorizadas en todos los proyectos locales.
La ejecución de la vacunación estará bajo la responsabilidad de la Cuenta Nacional de Carne y Leche y su administrador, el Ministerio de Agricultura y de 82 Organizaciones Ejecutoras Ganaderas autorizadas por el ICA para el primer ciclo de vacunación del 2018.

El ICA supervisará el proceso a cargo de las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas que representan a los Comités de Ganaderos y a otras Organizaciones del sector.

Será responsabilidad de los ganaderos vacunar la totalidad de sus inventarios  bovinos  y bufalinos  contra la Fiebre Aftosa, así como las hembras bovinas y bufalinas con edades incluidas en la Resolución N° 23132 contra la Brucelosis Bovina, en las fechas establecidas por  el proyecto local donde se localiza el predio.

La vacunación será aplicada a todos los animales bovinos y bufalinos existentes en el territorio nacional, con excepción de los ubicados en los municipios de los departamentos de Boyacá Cundinamarca y Casanare contemplados en el artículo 3  de la Resolución N° 11595 del 2017 y los municipios de: Yacopí Caparrapí, Guaduas y Puerto Salgar en el departamento de Cundinamarca, Sabanalarga en el de Casanare y Santana, San José de Pare y Chitaraque en el de Boyacá.
En cuanto a la Brucelosis Bovina serán vacunadas todas las hembras bovinas y bufalinas entre los 3 y los 8 meses de edad con excepción de aquellas que se encuentren en el municipio de Santa Bárbara y la Provincia de García Rovira en el departamento de Santander, la Provincia Gutiérrez y Norte en Boyacá y el Archipiélago de San Andrés y Providencia y Santa Catalina.
Para el primer ciclo de  vacunación del 2018, será obligatoria la revacunación con Cepa RB51 en las hembras bovinas y bufalinas entre los 13 y los 18 meses de edad que fueron vacunadas con Cepa RB51 y en las hembras bovinas y bufalinas no preñadas de 5 años con Cepa RB51 y en adelante cada 5 años las que se encuentren en los municipios de  San Pedro de Entrerrios, Los Milagros, Belmira, Santa Rosa de Osos, Yarumal, Don Matías y Bello.

Todos los bovinos deberán vacunarse obligatoriamente contra la Rabia de Origen Silvestre en las zonas de riesgo, comprendida por algunos municipios de Cauca, Antioquia, Magdalena, Cesar, Norte de Santander, Córdoba y Sucre.
Para la ejecución del ciclo de vacunación, únicamente se podrán utilizar lotes de vacunas registradas que hayan sido previamente evaluados y aprobados por el ICA, según los parámetros de inocuidad, esterilidad, pureza y potencia establecidos en las normas vigentes.
Fuente: Adaptado de Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).

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Rabia Silvestre

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Rabia Silvestre. Dos nuevos casos en Caquetá

Posted on 19 octubre 2017 by admin

Rabia Silvestre

Foto de Archivo ICA. Bovinos.

  • La forma de hacer frente a la enfermedad es mediante la vacunación de todos los animales.
  • La vacunación contra Rabia Silvestre es responsabilidad de los médicos veterinarios y productores ganaderos y, quienes la deben aplicar en durante los periodos establecidos anualmente.
  • La Rabia Silvestre afecta a los animales domésticos como equinos, bovinos, caprinos, ovinos, caninos, porcinos y felinos.

El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), como la entidad responsable de la sanidad agropecuaria colombiana, atendió dos nuevos casos de Rabia Silvestre en el departamento de Caquetá.
Los casos se presentaron en un macho de 10 meses, que había sido trasladado un mes atrás desde el municipio de Albania a Florencia, y el otro caso detectado en el municipio de Curillo, en una hembra bovina mayor de 30 meses.
Luego de confirmarse el positivo a la enfermedad por parte del Laboratorio Nacional de Diagnostico Veterinario, el Consejo Departamental de Zoonosis desplegó el protocolo de atención para estos casos y realizó las visitas epidemiológicas en las veredas La Belisario del municipio de Curillo y El Rosal del municipio de Albania, con presencia del ICA y la Secretaría Departamental de Salud.

Con el fin de prevenir la presencia y la difusión de la Rabia Silvestre Bovina en el Caquetá, mediante la resolución N° 12612 del 13 de octubre del 2017, el ICA ordenó la vacunación contra esa enfermedad en las veredas La Granja, Santander, La Viciosa, Santo Domingo, Pompeya, El Venado y Guayabal del municipio de Florencia.

Igualmente, mediante resolución ICA N° 11092 del 12 de septiembre del 2017 se determinó la misma medida para las veredas Salamina Matecaña, Naranjales, Villa del Prado, Playa Alta, Morras y Camelias del municipio de Curillo, y en las veredas El Rosal, La Temblona, Primavera, Bacana Luna, La Reforma, Cristal, Bajo Porvenir, El Carmen, Berlín, El Porvenir, Palmeiras y La Ye del municipio de San José de Fragua.

El ICA también adelanta visitas a los predios de la zona con el fin de identificar si se encuentran animales con sintomatologías compatibles a la Rabia Silvestre Bovina y socializar con los empresarios ganaderos las medidas de prevención de  la enfermedad.
La autoridad sanitaria nacional hace un llamado a los ganaderos del departamento para que vacunen sus animales contra la Rabia Silvestre, considerada como una de las principales enfermedades zoonóticas, es decir, que se puede transmitir de los animales a las personas.

Los animales afectados por la Rabia Silvestre presentan cambios en sus comportamientos como caídas e incoordinaciones del tren posterior, ceguera, salivación abundante, temblores musculares y parálisis. Además presentan deshidratación y enflaquecimiento progresivo debido a su imposibilidad de beber agua y alimentarse. Avanzada la enfermedad permanecen caídos y mueren entre 1 y 10 días luego de presentados los síntomas.
El único medio para la prevención y el control de la Rabia Silvestre es la vacunación. En el mercado existen diferentes tipos de vacunas, por lo que es importante verificar que tengan el correspondiente registro del ICA, que se apliquen cada año a los animales susceptibles y que la vacunación se efectúe y sea registrada por médicos veterinarios, quienes pueden asegurar su adecuado manejo, ya que las vacunas siempre deben conservarse refrigeradas (no congeladas), para conservar sus propiedades. La vacuna debe aplicarse una vez cada año.
En las áreas de alta incidencia, además de la vacunación, es importante efectuar otras acciones preventivas como el control de los murciélagos hematófagos para lograr un mayor impacto en la prevención de la enfermedad.

Recomendaciones.

  • Vacunar los animales contra Rabia Silvestre y notificar a las autoridades de salud o al ICA sobre la presencia de murciélagos hematófagos para que se tomen las medidas correspondientes. Con ello, los productores mitigan los efectos del aumento del ataque de murciélagos hematófagos ocasionados por la época invernal.
  • Tenga en cuenta la presencia frecuente de heridas frescas con sangre seca o con hilillos de sangre en los animales, que pueden ser indicios de mordeduras de vampiros y en consecuencia, los animales podrían padecer el síndrome nervioso (Rabia).

De presentarse cualquiera de los síntomas descritos, notifique al ICA de forma inmediata para efectuar la atención del caso y poder tomar las medidas de prevención y control.

 

Fuente: Adaptado de Instituto Colombiano Agropecuario (ICA).

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Vacuna Fiebre Aftosa

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Fiebre Aftosa. Segundo ciclo de vacunación

Posted on 04 octubre 2017 by admin

Vacuna Fiebre Aftosa

Foto: CONtexto ganadero.

  • La vacunación terminará el 10 de diciembre, según el cronograma definido por el ICA. La ejecución será responsabilidad de Fiduagraria, la Cuenta Nacional de Carne y Leche y el Ministerio de Agricultura, su administrador. 

Desde el 27 de octubre próximo y hasta el 10 de diciembre de 2017, se ejecutará el segundo ciclo de vacunación contra Fiebre Aftosa y Brucelosis Bovina, en todo el territorio colombiano. Así lo dispuso el ICA, como autoridad sanitaria nacional.

En el ciclo participarán cerca de 4.500 personas entre supervisores, vacunadores, programadores y médicos veterinarios. 

Luis Humberto Martínez, gerente general del ICA, señaló que como siempre se cuenta con la responsabilidad de los ganaderos, para que vacunen la totalidad de su inventario de ganado, porque justamente con su compromiso y trabajo es que se logrará recuperar el estatus de país libre de Fiebre Aftosa con vacunación. Agregó que para este ciclo de vacunación la meta es desarrollar una estrategia de visita predio por predio y mejorar el servicio a los ganaderos. La CNCL ha dispuesto de programadores que desde esta semana visitarán todos los predios con el fin de actualizar la información y establecer la programación para la vacunación.

La autoridad sanitaria colombiana establece que la ejecución de la vacunación contra Fiebre Aftosa y Brucelosis Bovina está bajo responsabilidad de la Cuenta Nacional de Carne y Leche (CNCL)  y su administrador, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural con el encargo fiduciario de la Sociedad Fiduciaria de Colombia S.A. (FIDUAGRARIA), y de las Organizaciones Ganaderas Ejecutoras que serán autorizadas mediante Resolución que será expedida por el ICA.

Igualmente, el ICA estipula que será responsabilidad de los ganaderos vacunar a la población bovina y bufalina contra la Fiebre Aftosa, la Brucelosis Bovina y la Rabia Silvestre, en las fechas programadas para el proyecto local donde se localice el predio.

Para el ciclo de vacunación solamente podrán utilizarse lotes de vacunas  debidamente registradas que hayan sido evaluados y aprobados por el ICA, según los parámetros de inocuidad, esterilidad, pureza y potencia establecidos en las normas vigentes.

 

Fuente: Adaptado de CONtexto Ganadero.

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