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Selección del reproductor por identificación genética

Posted on 26 mayo 2021 by admin

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Selección del reproductor. Foto: @zoovetmipasion

  • Cuando se está en el proceso de selección de un reproductor, lo primero que debe tenerse presente es qué se busca con el animal que se agregará a la finca, contrastando con la otra opción basada en que la finca sea la que suministre de esa genética a los productores.

El zootecnista de la Universidad Nacional de Colombia, Carlos Manrique Perdomo, profesor del departamento de Producción Animal de esa institución, indica que en este proceso lo primero que debe tenerse en consideración es para qué se va a utilizar el reproductor.

Señala Manrique Perdomo que desde ese punto de vista, debe hacerse una selección de reproductores basada en datos, registros e información que genera el individuo que se piensa utilizar. Este mecanismo se conoce como selección por identificación.

La selección por identificación genética se relaciona con todo lo que pueda ser cuantificado y que indique el desempeño de los animales de las ganaderías. Según el experto, hay que tener en cuenta que esta identificación en la selección no solamente se debe a la genética.

Según describe Manrique Perdomo, hay que tener claridad sobre cuánto de esa cuantificación que se realiza en la identificación es debida realmente a la genética y cuánto a lo no genético, que además tiene 2 grandes factores que generan variación de esos datos y registros, los cuales deben tenerse disponibles para la selección de los animales.

Uno de estos aspectos se refiere al ambiente, que es donde el animal realiza las actividades diarias, que está relacionado con el manejo, y enfocado en las condiciones en las que va a estar.

Indica que esto lo menciona porque dependiendo del ambiente se presentan diferenciaciones que hacen que esa genética pueda dar resultados diferentes. Se puede estar refiriendo a una misma línea genética, pero que dependiendo donde se encuentre, se obtendrán desempeños diferentes.

El otro grupo se relaciona con el manejo y en los sistemas ganaderos de Colombia, un factor que genera gran variación en el desempeño de los animales es el manejo alimenticio que se les ofrece.

Herramientas para hacer la identificación:

– Prueba de desempeño.

– Evaluación genética.

– Prueba de progenie.

 

Fuente: Adaptado de CONtexto ganadero.

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frutas

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Viveros citrícolas. Establecidos requisitos para su registro

Posted on 29 diciembre 2014 by admin

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Por medio de la resolución 004215 de 2014, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), determinó los requisitos para el registro de viveros, huertos básicos, comercializadores y productores de material vegetal de propagación de cítricos, medida con la cual se busca cerrarle el paso a la enfermedad conocida como el HLB de los cítricos, la cual es devastadora para la producción mundial citrícola.

Luis Humberto Martínez Lacouture, gerente general del ICA, explicó que es en los viveros donde se inicia la cadena de la producción agrícola y por esta razón, el ICA realiza  vigilancia sanitaria, seguimiento y la identificación genética en viveros citrícolas, para garantizar la procedencia y la calidad del material vegetal y de esta manera prevenir la introducción y diseminación de plagas y enfermedades en el territorio colombiano.

Las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la producción o comercialización de semillas sexuales o asexuales de cítricos, deberán registrar el vivero o el huerto básico ante la seccional más cercana del ICA, dando cumplimiento a los siguientes requisitos:

  • Nombre o razón social, dirección y teléfono del vivero o huerto básico.
  • Si es persona jurídica, certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio, con fecha de expedición no superior a 90 días calendario previos a la presentación de la solicitud. Si se trata de una persona natural, matrícula mercantil o RUT. 
  • Plano con la ubicación del vivero o huerto básico (límites, coordenadas geográficas, infraestructura y distribución, indicando sus dimensiones en metros cuadrados). 
  • Acreditar la tenencia o la posesión del predio en donde se localiza el vivero o el huerto básico. 
  • En el caso de tener huertos básicos, informar la cantidad de árboles sembrados y la relación de las especies y las variedades de esos materiales. 
  • Si el vivero no posee su propio huerto básico, presentar un certificado que garantice que el suministro de material de propagación es procedente de huertos básicos o laboratorios de micropropagación o microinjertación debidamente registrados ante el ICA. 
  • Lista de las especies y variedades de las semillas sexuales o asexuales de cítricos a producir o comercializar en el vivero o huerto básico.
  • Disponer de un programa para el manejo integrado de plagas en el vivero o huerto básico.
  • Informar si los materiales son convencionales o modificados genéticamente. En caso de que el material sea OVm, primero debe cumplir con las normas vigentes que regulan la actividad.
  • Copia del contrato de asistencia técnica vigente, para el vivero o huerto básico suscrito con un agrónomo o ingeniero agrónomo, quien deberá tener la matrícula o tarjeta profesional vigente.
  • Descripción del procedimiento de control de calidad de las semillas sexuales o asexuales del vivero o huerto básico.

El ICA reitera el  llamado a todos los propietarios de viveros citrícolas del país para que registren su actividad y se comprometan con el cumplimiento de los programas de prevención y control definidos por la autoridad sanitaria, de tal manera que la producción agrícola se logre en las mejores condiciones fitosanitarias.

Fuente: Adaptado de Instituto Colombiano Agropecuario.

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