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Productores agropecuarios tendrán alivios financieros

Posted on 31 agosto 2026 by admin

Productores agropecuarios.

Productores agropecuarios

Foto: Contexto ganadero

  • Productores agropecuarios afectados por el sismo del 10 de agosto tendrán nuevas condiciones para cumplir sus proyectos y obligaciones financieras. Finagro contempla la suspensión por 12 meses de ciertos cronogramas, además de alternativas de condonación y normalización para deudores con respaldo del Fondo Agropecuario de Garantías -FAG-.

El Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario -Finagro- estableció unas medidas temporales para apoyar los productores agropecuarios que fueron afectados por el terremoto del 10 de agosto de 2026, según la Circular Externa No. 103.

Las disposiciones se aplican para los departamentos contenidos en la declaratoria de situación de desastre del Decreto N° 1171 de 2026. Estos son: Antioquia, Caldas, Chocó Cauca, Quindío, Cundinamarca, Huila, Risaralda, Tolima, Valle del Cauca, Norte de Santander y Putumayo.

El propósito es atender las dificultades que afrontan los usuarios del crédito de fomento para sus proyectos productivos, así como las limitaciones de los intermediarios financieros para las visitas de seguimiento en las zonas afectadas.

Doce meses adicionales:

Entre las medidas principales, Finagro dispuso la suspensión de 12 meses del cómputo del plazo para realizar las inversiones financiadas con créditos desembolsados antes del 10 de agosto de 2026. Esto, siempre los proyectos estuvieran en plazo de ejecución al momento del sismo.

Esta suspensión se aplica sin perjuicio de posibles prórrogas adicionales que se puedan derivar del Decreto 1171 de 2026.

De forma paralela, se suspenden las visitas de control de gastos e inversiones que los intermediarios financieros deben efectuar a los proyectos afectados, correspondientes a las operaciones de las muestras del cuarto trimestre del 2025 y el primer y segundo trimestres del 2026.

Según la entidad, la reanudación de esas visitas dependerá de las condiciones determinadas más adelante, según la evolución de la emergencia.

La circular también suspende el plazo para presentar el “Formato Único de Informe Control de Crédito” (FUICC), aplicable a proyectos que, el 10 de agosto de 2026, se encontraban en estado «inscrito» y fueran susceptibles de acceder al, ICR Territorial, ICR Nacional, IIGRA o ICGR.

Adicionalmente, recordó Finagro que, de acuerdo con su Manual de Servicios y las normas vigentes de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, el periodo de los créditos podrá ampliarse cuando ocurran circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, por el tiempo que subsista el evento que las origina.

Condonaciones para productores:

Finagro también recordó 5 alternativas de alivio para productores agropecuarios con obligaciones en mora respaldadas por alguna garantía pagada por el FAG.

Entre ellas figuran las condonaciones de hasta el 100 % de los intereses y el 80 % del capital para determinados medianos y pequeños productores que hubiesen entrado en mora antes del 30 de noviembre del 2020 o entre junio del 2020 y diciembre del 2022.

Además, pequeños y medianos productores de bajos ingresos y mayores de 77 años entre enero del 2023 y septiembre del 2025 pueden acceder a la condonación de hasta el 90% del capital y el 100% de los intereses.

También existen beneficios semejantes del 80% para víctimas del conflicto armado en las mismas fechas. En todo caso, quienes no accedan a estos alivios podrán obtener la condonación del 100 % de los intereses.

De otra parte, las mujeres rurales podrán obtener un 5% de reducción adicional sobre la parte de la deuda correspondiente a capital. Las medidas se aplicarán durante la vigencia del Plan Anual de Garantías del 2026.

Precisó Finagro que las medidas se podrían ampliar a otras zonas si se presentan declaratorias de desastre nuevas o se identifican otros municipios afectados. El listado oficial de municipios será definido por el trabajo de consolidación realizado por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

 

Fuente: Adaptado de CONtextoganadero. Autor: Pedro Fonseca.

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